Guías de Seguros

Cómo Impugnar la Liquidación de tu Seguro Automotriz: el Plazo de 10 Días y Qué Presentar

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Hombre leyendo con molestia la carta de liquidación de su seguro

Llegó la liquidación de tu siniestro y el monto no te cuadra: piezas que faltan, valores bajo el mercado o un vehículo tasado a menos de lo que vale. No estás obligado a aceptarla — la normativa chilena contempla un plazo de 10 días hábiles para impugnarla con antecedentes. Esta guía explica cómo hacerlo bien.

Qué es la liquidación de un siniestro

Es el informe que determina si tu siniestro está cubierto por la póliza y cuánto corresponde indemnizar. La emite la propia compañía o un liquidador de seguros inscrito en el registro de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Cuando te la notifican, empieza a correr el reloj.

Tienes 10 días hábiles para impugnarla

Desde la notificación de la liquidación, la normativa de seguros contempla un plazo de 10 días hábiles para impugnarla presentando tus observaciones y antecedentes. Pasado ese plazo, revertir el resultado se vuelve mucho más difícil — por eso conviene reaccionar rápido y con la carpeta completa, no con un reclamo genérico.

Qué acompañar en tu impugnación

Una impugnación sin antecedentes es una opinión; con antecedentes es un caso. Lo que debería llevar:

  • Presupuestos alternativos de la reparación, con detalle por pieza, repuestos, mano de obra e IVA
  • Fotos de los daños, idealmente con cada daño identificado y señalizado
  • Respaldo del valor comercial de tu vehículo (publicaciones comparables o tasación de mercado), clave si discutes una pérdida total
  • Boletas o facturas si ya reparaste parte del daño
  • Un escrito claro: qué puntos de la liquidación objetas y con qué respaldo

Cómo presentarla

Por escrito, ante la compañía o el liquidador, por los canales oficiales que indica la propia carta de liquidación (correo o formulario). Cita siempre tu número de siniestro y pide acuse de recibo — el respaldo de la fecha de presentación es tu protección del plazo.

Qué pasa después

El liquidador o la compañía deben responder tu impugnación. Si la respuesta no te conforma, los caminos siguientes son el reclamo ante la CMF y, para montos relevantes, evaluar acciones legales con un abogado. Cada etapa se sostiene sobre los mismos antecedentes: mientras mejor documentado esté el daño y su costo, más fuerte tu posición en todas.

Aquí es donde COTI te acorta el camino: el informe técnico de daños reúne en un solo documento verificable justo lo que una impugnación necesita — cada daño fotografiado y señalizado, presupuesto por pieza con repuestos, mano de obra y pintura, IVA, y el valor comercial de tu vehículo consultado por patente. Se genera en minutos, dentro de tu ventana de 10 días, y cuesta $29.990 (IVA incluido) — la cotización online previa es gratis.

¿Chocaste? Parte por saber cuánto cuesta repararlo

Subir las fotos y ver tu resultado online — daños detectados, severidad y rangos de costo — es gratis y sin registro. Y si necesitas presentarlo a tu compañía de seguros, el informe técnico en PDF (documento numerado y verificable) cuesta $29.990 IVA incluido.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo se cuentan los 10 días hábiles?
Desde que la liquidación te es notificada (por carta o correo). Verifica la fecha de notificación en la comunicación que recibiste y cuenta días hábiles, no corridos. Ante la duda, presenta antes.
¿Puedo impugnar una declaración de pérdida total?
Puedes impugnar la liquidación que la contiene, presentando antecedentes: presupuestos que muestren un costo de reparación distinto y, sobre todo, respaldo del valor comercial real de tu vehículo — la pérdida total depende de la relación entre ambos números según tu póliza. Documentar bien esos dos valores es el corazón de la discusión.
¿Necesito abogado para impugnar?
No es un requisito: la impugnación la puedes presentar tú directamente. Para siniestros de monto alto, con lesiones o con discusión de cobertura, la asesoría legal se vuelve recomendable — y llega más lejos si ya tienes el daño bien documentado.
¿El informe de COTI reemplaza la liquidación?
No, y es importante entenderlo: la liquidación la emite la compañía o un liquidador inscrito en la CMF. El informe de COTI es un informe técnico independiente — un antecedente para respaldar tu impugnación, no un documento que determine la indemnización.

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